Factores de poder


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Sociología jurídica

 

Profesor: Juan José Rojas Torres

 

Título: Factores de poder

 

 

Nombre del Alumno: Joel Alejandro Medrano Solano

 

 

Matrícula: 194213-1

 

Fecha: 27/10/24

El mundo político cuenta con tres dimensiones fundamentales; Una de ellas, el ámbito de la realidad se integra con una multitud continua y fluctuante de actos de poder y de influencia: se trata de la faceta existencial o fáctica de la política, la esfera del ser, estudiada por la sociología política, disciplina que se ocupa, precisamente, del comportamiento político.

 Son las potestades públicas que no surgen de la ley, ni están en ella regladas, sino que nacen de la dinámica de las relaciones sociales. No son por tanto poderes formales, jurídicamente regulados, sino poderes informales que están al margen de la previsión de la ley y que son ostentados y ejercidos de facto por individuos o grupos para defender intereses económicos y sociales de carácter particular dentro de la comunidad política.

            El profesor norteamericano Michael Coppedge afirma que hay “actores estratégicos en la sociedad política, que son aquellos que tienen suficiente poder para alterar el orden público, impulsar o detener el desarrollo económico o, en general, afectar la marcha de la sociedad, ya sea porque poseen determinantes bienes de producción, o mueven organizaciones de masas, o tienen influencia sobre la maquinaria administrativa del Estado, o manejan las armas o poseen la capacidad de diseminar con fuerza ideas e informaciones sobre la sociedad”. Según el profesor de Ciencia Política en la Universidad de Notre Dame, la gobernabilidad depende de que las relaciones entre estos “actores estratégicos” sean estables y aceptadas.

            Los poderes fácticos residen básicamente en los sectores empresariales, la prensa, las iglesias, los estamentos militares, los <grupos de presión, los <grupos de tensión, los <nuevos movimientos sociales, ciertas <organizaciones no gubernamentales (ONG), las <mafias y otras entidades cuyas potestades no están previstas ni autorizadas por la ley pero que no por eso son menos eficaces ni menos influyentes a la hora de la toma de las decisiones en la vida social.

            Estos poderes han demostrado tener mucha fuerza a lo largo de la historia, ya como poderes de promoción de una idea o iniciativa, ya como poderes de disuasión o de intimidación sobre los mandos del Estado. Generalmente permanecen en la penumbra y desde allí actúan sobre las autoridades estatales. Condicionan el ejercicio de la autoridad política, influyen sobre los medios de comunicación social, moldean la opinión pública, ejercen influencia sobre el pensamiento y la acción de las personas e intimidan o persuaden a quienes tienen la atribución de tomar decisiones. En cierto modo constituyen poderes invisibles, pero no por eso menos reales. Con frecuencia se producen alianzas tácticas entre ellos. Por ejemplo: la empresa privada con la prensa o la prensa con la <bancocracia o la iglesia con la empresa privada.

            Fue el <marxismo el que los descubrió y denunció. Lo hizo, al menos, con los poderes fácticos de la burguesía. Afirmó que ellos pertenecen a quienes son propietarios de los medios de producción, que imponen de hecho su voluntad sobre el conglomerado social pero que además inspiran las leyes en virtud de las cuales asumen también poderes y privilegios de Derecho, con lo cual se erigen como clase dominante y todopoderosa hasta el punto que el poder formal del Estado, es decir el gobierno, no pasa de ser un “consejo de administración” que rige los intereses comunes de la clase burguesa, como lo expresaron Marx y Engels en el <Manifiesto Comunista. El teórico marxista alemán Ferdinand Lassalle (1825-1864) afirmó que los poderes fácticos son “la suma de los factores reales de poder que rigen en un país”.

            Pero tales poderes no pertenecen únicamente a las fuerzas económicas, generalmente organizadas en los grupos de presión, sino también a otras instituciones sociales, como los medios de comunicación social, las iglesias, los estamentos militares, los grupos de tensión, las mafias y otros sectores organizados que operan como factores de poder, algunos de los cuales no están con el <establishment, sino que, por el contrario, son grupos contestatarios.

            En algunos Estados las vinculaciones entre el gobierno y las fuerzas armadas han sido y son todavía un elemento clave de la gobernabilidad. Los militares de alta graduación y la institución militar, por el hecho de manejar las armas del Estado, ejercen poderes fácticos en muchos países. En su expresión extrema ese hecho lleva al <militarismo, que se presenta como un factor de limitación de las iniciativas del gobierno y que tiende a desconocer la supremacía del poder civil.

            Hay también poderes fácticos exteriores que condicionan especialmente las políticas económicas, financieras, cambiarias y crediticias de los Estados. Me refiero a los gobiernos de los países poderosos del planeta, que por diversos medios ejercen presión sobre las decisiones nacionales, y a los organismos multilaterales de crédito —el Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial, el Banco Interamericano de Desarrollo y otros— que suelen imponer políticas económicas como condición para otorgar sus préstamos.

Otro sector del mundo político es el normativo, que atiende un deber ser: el deber ser de la legalidad, analizado por el derecho político (o si se prefiere, por el derecho constitucional). 

¿Qué es un sistema normativo?

El sistema normativo es el conjunto de normas e instituciones, así como los entes que aplican el derecho que regula la sociedad en un territorio concreto. Comprende la creación, la aplicación y la enseñanza de la legislación. El sistema normativo es gestionado por el Estado para facilitar la convivencia, estableciendo reglas de conducta para los individuos.

Normalmente se habla de distintos conjuntos de sistemas normativos; sin embargo, cada país tiene su propio sistema. Es decir, no son aplicables las mismas normativas en todos los países. Por ello, una misma actividad puede figurar como delito en el sistema normativo de un país y no ser aplicable sanción alguna según el sistema normativo otro.

Ordenamiento jurídico y sistema normativo tienen una estrecha y directa relación, y en los países democráticos la Constitución se erige como regulación máxima del ordenamiento jurídico y como base sobre la que se asienta el sistema normativo.

Clasificación del sistema normativo

¿Cómo se clasifica el sistema normativo? Las normas jurídicas, que son la base de la legalidad en la sociedad, poseen características que las diferencian unas de otras.

Con el objeto de esquematizarlas y explicar mejor su aplicación, se clasifican teniendo en cuenta su jerarquía, su ámbito material de validez y su ámbito espacial de validez.

Jerarquía

No todas las normas jurídicas disfrutan de la misma categoría; quiere decir que las hay superiores e inferiores en rango. Esto supone la existencia de una jerarquía entre estas.

Esta jerarquía se convierte en una guía para determinar cuál es la norma aplicable en caso de conflicto o confusión.

Por otra parte, es preciso que unas normas presten apoyo a otras; es decir, cada norma jurídica se asienta en otra norma superior de mayor rango hasta llegar a la Constitución.

En la mayoría de los ordenamientos jurídicos el nivel de mayor rango es la Constitución, seguida por los tratados internacionales; luego se encuentra el resto de las normativas según cada país.

Por ejemplo, en el ordenamiento mexicano por debajo de los tratados internacionales están el derecho federal y el derecho local al mismo nivel.

Ámbito material de validez

Las normas jurídicas se pueden clasificar según el ámbito material de validez; se refiere a las normas jurídicas asociadas al área del derecho que regulan. Dentro del derecho privado están los ámbitos civiles, internacional privado, mercantil, entre otros.

También hay otras áreas del derecho, como seguridad social, asistencia social o trabajo, que por la temática proteccionista que abarcan pretenden asegurar el interés de la comunidad frente a intereses particulares.

Además, los avances tecnológicos han dado lugar a nuevas áreas del derecho, como el derecho informático.

Ámbito espacial de validez

Esta clasificación viene establecida según el espacio físico donde son aplicables. Cuando el sistema normativo es federal, estos ámbitos espaciales pueden ser federal, local y municipal.

Por otra parte, se pueden clasificar los sistemas normativos en las siguientes grandes familias:

  • Derecho continental.
  • Common law.
  • Derecho religioso.
  • Derecho socialista.
  • Clasificación mixta.

Ejemplos de sistemas normativos

1. Derecho común

El derecho anglosajón es un conjunto de leyes no escritas basadas en precedentes establecidos por los tribunales.

Este derecho influye en el proceso de toma de decisiones en casos novedosos en los que el resultado no se puede determinar con base en los estatutos existentes.

 

 

El sistema de derecho consuetudinario de EE. UU. evolucionó a partir de una tradición precolonial en Inglaterra, que se extendió a América del Norte y otros continentes durante el período colonial.

Un precedente, conocido como stare decisis, es un historial de decisiones judiciales que forma la base de la evaluación para casos futuros.

También se conoce como jurisprudencia y se basa en registros detallados de casos y estatutos similares, ya que no existe un código legal oficial que rija el caso en cuestión.

  • Precedente

El juez que preside un caso determina qué precedentes son aplicables. Los precedentes de los tribunales superiores son vinculantes para los tribunales inferiores, a fin de promover la estabilidad y la coherencia en el sistema de justicia legal de los EE. UU.

Sin embargo, los tribunales inferiores pueden optar por modificar o desviarse de los precedentes si los precedentes están desactualizados, o si el caso actual es sustancialmente diferente del caso anterior. Los tribunales inferiores también pueden optar por anular el precedente, pero esto es raro.

2. Derecho canónico

Es el sistema normativo que regula la organización externa y el gobierno de la Iglesia. Su función como sistema normativo es ordenar y dirigir las actividades de los católicos hacia la misión de la Iglesia.

Fue el primer sistema legal occidental moderno y es el sistema legal más antiguo que funciona actualmente en Occidente. Además, las tradiciones únicas de la ley canónica oriental rigen las 23 iglesias particulares católicas orientales sui iuris.

Las leyes eclesiásticas positivas, basadas directa o indirectamente en la ley divina inmutable o la ley natural, derivan autoridad formal —en el caso de las leyes universales de la promulgación— en el legislador supremo, el sumo pontífice.

 

En su persona, el papa posee el poder legislativo total, ejecutivo y judicial, mientras que las leyes particulares derivan la autoridad formal de la promulgación por un legislador inferior al legislador supremo, ya sea un legislador ordinario o delegado.

  • Sin fuerza civil vinculante.

El material real de los cánones no es solo de naturaleza doctrinal o moral, sino que abarca todo lo que implica la condición humana.

Tiene todos los elementos ordinarios de un sistema legal maduro: leyes, tribunales, abogados, jueces, un código legal completamente articulado para la Iglesia latina, así como un código para las Iglesias católicas orientales, principios de interpretación legal y penas coercitivas.

Carece de fuerza civil vinculante en la mayoría de las jurisdicciones seculares. Aquellos que son versados ​​y expertos en derecho canónico, así como los profesores de derecho canónico, se llaman canonistas (o coloquialmente, abogados canónicos). El derecho canónico como ciencia sagrada se llama canonística.

La jurisprudencia del derecho can
ónico es el conjunto de principios y tradiciones jurídicos dentro de los cuales opera el derecho canónico.

En cambio, la filosofía, la teología y la teoría fundamental del derecho canónico son áreas de estudios filosóficos, teológicos y legales dedicados a proporcionar una base teórica para el canon.

Finalmente, la tercera parte del universo político es la axiológica, que es el reino de los fines y de los valores, considerado por la filosofía política. Estamos aquí también en el orden del deber ser, pero su versión normativa Iegal, sino en su vertiente valorativa (también llamado de estimativa, o dikclógi)

Tiene como objetivo el estudio de los valores del hombre y de todos aquellos juicios de valor que pueden ser realizados por un individuo enfocándose principalmente en la subjetividad y la objetividad que los valores pueden llegar a tener.

Entre sus principales características se mencionan las siguientes:

  • Se basa tanto en valores de tipo positivos como negativos.
  • Es parte importante de la ética y de la estética.
  • Los valores que estudia también pueden ser subjetivos u objetivos.
  • Posee una jerarquía en donde algunos valores tendrán una posición de mayor y menor importancia.
  • Considera que los valores pueden llegar a cambiar dependiendo de las necesidades y de las experiencias que hayan experimentado las personas.
  • Establece que los valores pueden tener relaciones negativas y positivas entre ellos mismos.

El origen de la axiología se remonta al siglo XIX en Alemania, sin embargo, fue en el siglo XX, gracias a Paul Lapie, que tomó mayor fuerza. Muchos expertos consideran que fueron los antiguos griegos quienes empezaron a darle una reflexión más filosófica a los problemas de valor y que además fueron quienes iniciaron a darle mayor interés a la existencia de los valores y su análisis desde el punto de vista filosófico.

El origen de la axiología se remonta al siglo XIX en Alemania, sin embargo, fue en el siglo XX, gracias a Paul Lapie, que tomó mayor fuerza. Muchos expertos consideran que fueron los antiguos griegos quienes empezaron a darle una reflexión más filosófica a los problemas de valor y que además fueron quienes iniciaron a darle mayor interés a la existencia de los valores y su análisis desde el punto de vista filosófico.

A lo largo de su historia han surgido importantes teorías y nociones con respecto al tema y muchos filósofos se encargaron de definir los valores morales, así como de crear teorías al respecto. Con el paso del tiempo fue tomando mayor importancia y pasó entonces a formar parte importante de la ética.

Se considera como padre y fundador de la axiología a Sócrates, un importante filósofo que fundó la filosofía de la moral y que tuvo una gran influencia en otros filósofos haciendo que el término tomara mucha importancia en el saber filosófico humanista.

Los elementos de la axiología se mencionan a continuación:

  • Acto o experiencia: es el momento en el que un individuo se da cuenta de la existencia de las cosas.
  • Juicios de existencia: se observan las características y propiedades de un objeto.
  • Experiencia valorativa: es el momento en el que el individuo decide estar a favor o en contra del objeto.
  • Juicios de valor: es la manifestación de la aceptación o del rechazo del objeto.
  • Sujeto: la persona que está relacionada con el objeto en estudio.
  • Afectividad: se refiere a los sentimientos que puede llegar a desarrollar el individuo hacia el objeto.
  • Activo: son todas las necesidades, los intereses o los motivos que ayudan al sujeto a valorar el objeto.
  • Objeto: es todo tipo de cosa, individuo o animal, situaciones concretas, ideas y todo tipo de objeto abstracto.

Bibliografía APA

Borja, R. (2018, 5 julio). Poderes fácticos. Enciclopedia de la Política Rodrigo Borja. https://www.enciclopediadelapolitica.org/poderes_facticos/#:~:text=No%20son%20por%20tanto%20poderes%20formales%2C%20jur%C3%ADdicamente%20regulados%2C,de%20car%C3%A1cter%20particular%20dentro%20de%20la%20comunidad%20pol%C3%ADtica.

Cajal, A. (2021, 13 abril). Sistema normativo. Lifeder. https://www.lifeder.com/sistema-normativo/

Briceño, G., V. (2021, 2 diciembre). Axiología | Qué es, qué estudia, características, elementos, ramas, historia. Euston96. https://www.euston96.com/axiologia/




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